Unidad 1 — IVA intracomunitario y operaciones internacionales
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo indirecto que grava el consumo de bienes y servicios. En el ámbito intracomunitario, la normativa de la UE establece un régimen especial para operaciones entre Estados miembros.
Introducción
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo indirecto que grava el consumo de bienes y servicios. En el ámbito intracomunitario, la normativa de la Unión Europea establece un régimen especial para las operaciones realizadas entre Estados miembros.
Comprender cómo funciona el IVA intracomunitario es esencial para las empresas que compran o venden en la Unión Europea, pues implica obligaciones específicas de facturación, registro y declaración. Asimismo, las operaciones internacionales fuera de la UE (importaciones y exportaciones) se rigen por normas particulares que deben conocerse para evitar sanciones.
Normativa aplicable en la UE y en España
Directiva 2006/112/CE del Consejo (IVA) y, en España, Ley 37/1992 del IVA y su reglamento. Determinan identificación de operaciones, requisitos de facturas y modelos a presentar.
Operaciones intracomunitarias: adquisiciones y entregas
- Entregas intracomunitarias: ventas de bienes entre empresas de distintos Estados miembros; generalmente exentas en origen si el comprador tiene NIF-IVA válido.
- Adquisiciones intracomunitarias: compras de bienes a otro Estado miembro; autorepercusión del IVA en destino con posible deducción.
- Servicios intracomunitarios: reglas de localización específicas y declaración en el modelo 349.
Obligaciones formales
- Alta en ROI y NIF-IVA válido.
- Incluir NIF-IVA del cliente en facturas.
- Presentar modelo 303 y modelo 349.
- Conservar justificantes de transporte.
Operaciones internacionales fuera de la UE
- Importaciones: IVA liquidado en aduana.
- Exportaciones: exentas en origen con acreditación documental (DUA).
- Servicios internacionales: normas de localización según tipo y destinatario.
Ejemplo práctico
Venta intracomunitaria: 50.000 € (exenta en España). Compra intracomunitaria: 20.000 € → autorepercusión 21 % = 4.200 € (deducible).
Errores frecuentes y recomendaciones
- No verificar NIF-IVA en VIES.
- Olvidar el modelo 349.
- Confundir intracomunitario con exportación.
- No guardar documentos de transporte.
Conclusión
Atención administrativa y dominio normativo para seguridad jurídica y fiscal en operaciones intra e internacionales.
Ejercicios de repaso opcionales
- Diferencia entre entrega intracomunitaria y exportación.
- Modelos a presentar en operaciones intracomunitarias.
- Autorrepercusión del IVA en una compra de 10.000 € (21 %).
- Documentación para justificar una entrega intracomunitaria.
- Dos errores comunes en IVA intracomunitario.